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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 21/06/2022

Página 60

a los derecho habientes a que en el plazo de veinte (20) días, deberán cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones legales pertinentes contra el acervo sucesorio. Para el prime' supuesto deberá realizar un depósito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639

fecha de publicación: 10/03/2022

Página 86

/80, hasta la cancelación total de la deuda. Se aplicara sobre los saldos impagos el interés moratorio y/o compensatorio, en los términos que establecen las Resoluciones n° 9/16 y n°12/18. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES La Plata > jueves 10 de marzo de 2022 SECCIÓN OFICIAL > página 86

fecha de publicación: 17/08/2022

Página 36

para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CEU 0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata

fecha de publicación: 26/04/2019

Página 31

o convenio de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n°12/18. ARTÍCULO 5°: Dejar constancia que no habiendo denunciado en tiempo y forma el reingreso a la actividad en tareas comunes, no le asistirá derecho a computar

fecha de publicación: 27/09/2019

Página 40

-GDEBACORFOMAGP,que adhieran a las mencionadas contribuciones y cuyo vencimiento operará el día 15/10/2019. ARTÍCULO 6º: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del Tres por ciento (3%) mensual. ARTÍCULO 7º: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución (Art. 113, inciso b