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fecha de publicación: 04/10/2023
apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata) y acompañar el comprobante de pago en el plazo antes fijado. ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que de no recepcionarse cancelación
fecha de publicación: 03/07/2019
indebidamente por Jorge Ernesto Pascual BOVILLY, que asciende a la suma de pesos ciento sesenta y nueve mil seiscientos treinta y cuatro con 32/100 ($169.634,32) bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones legales pertinentes. INTIMAR al titular para que en el plazo perentorio de veinte (20) días proponga forma de pago. Para el supuesto de cancelar en un solo pago
fecha de publicación: 22/11/2023
. 4) Posibilidad de pedir adelantos bancarios a modo de descuento de facturas de obras sociales con las que el sanatorio trabaja en forma habitual. 5) Moratoria AFIP. 6) Informe de contratos suscriptos con terceros. 7) Proyecto de inversión U$S200.000, para reforma y modificación de materiales. 8) Cualquier otro punto de interés que quieran proponer los socios. Declaramos que la sociedad
fecha de publicación: 18/08/2015
Pharma S.A., solicita el pago de intereses moratorias, respecto de las facturas cuya cancelación tramitó por expedientes N° 2926- 2163/11 alcance 3, N° 2926-2163/11 alcance 15 y 2926-2300/11 alcance 2, y Considerando: Que de las constancias obrantes en el presente se desprende que el pago
Página 12Delegación de Asesoría General de Gobierno ante este Ministerio a fs. 27 y vuelta, Delegación de la Contaduría General de la Provincia a fajas 29/30 y Fiscalía de Estado a fs. 32; Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto N° 5000/89 el Ministro de Salud resuelve: artículo 1°. Rechazar el pedido de reconocimiento de intereses moratorias efectuado por la firma Axxa Pharma S.A
fecha de publicación: 19/01/2012
, Arts. 3, 4, 16 Resolución N° 26871/99 SSN, Arts. 145, 153 y 154 Ley N° 17.418, Arts. 52, 55, 103, 121, 150, 151, 152, 155, 156, 245, 247, 248 L.C.T., Arts. 508, 509, 519, 622, 699, 979, 995, 3570 y condts. C.C., Art. 1º Ley N° 23.041, Art. 153 Ley N° 24.013, Arts. 53 y 54 Ley N° 24.241). II) Condénase al demandado al pago de intereses moratorios sobre los capitales de condena, desde