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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 14/05/2012

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pertinente a los organismos de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y a la Asesoría General de Gobierno, las intervenciones que resulten necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines, sin perjuicio del cumpli- mento de las demás intervenciones que por Ley les corresponda. 9.- Intervenir en lo referente a desistimientos, quitas, moratorias y planes de regula- rización

fecha de publicación: 19/12/2012

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el pago de intereses moratorios, respecto de la factura cuya cancelación tramitó por expediente Nº 2928-59/10, Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto Nº 5.000/89 EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE ARTÍCULO 1º - Rechazar el pedido de reconocimiento de intereses moratorios efectua- do por la firma Friend`s Food S.A., por el pago tardío de la factura cuya cancelación tra- mitó

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Administrativos, Ministerio de Salud, 51 Nº 1120, La Plata, se ha dictado la Resolución que a continuación se transcribe: La Plata, 10 de mayo de 2012. VISTO el expediente Nº 2900-105325/09, por el cual la firma Proserv S.A, solicita el pago de intereses moratorios, respecto de la factura cuya cancelación tra- mitó por expedientes Nº 2956-5213/09, Nº 2956-5454/09 y Nº 2969-8861/09, Por ello, en ejercicio

fecha de publicación: 31/10/2011

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- Notifico a Ud. que por expediente Nº 2900-106409/09, en trámite ante esta Dirección de Servicios Técnicos Administrativos, Ministerio de Salud, 51 Nº 1120, La Plata, se ha dictado la Resolución 11112 que a continuación se transcribe: La Plata, 7 de febrero de 2011. Visto el expediente Nº 2900-106409/09, por el cual la firma AEBAL S.R.L. solicita el reconocimiento y pago de intereses moratorios

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Plata, se ha dictado la Resolución 11112 que a continuación se transcribe: La Plata, 19 de abril de 2011. Visto el expediente Nº 2900-1729/10, por el cual la COOPERATIVA DE TRABAJO FAST LIMITADA, solicita el reconocimiento de intereses moratorios, por el pago tardío de las facturas cuya cancelación tramitó por expedientes Nº 2924-4685/09, Nº 2924-4782/09, Nº 2967-3846/09, Nº 2967-3970/09, Nº

fecha de publicación: 21/11/2012

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de intereses, el pedido de prórroga para el pago del impuesto, etc. El reconoci- miento debe efectuarse ante el Fisco, no tiene ese efecto el que resulte de la contabili- dad o de la documentación que se encuentra en poder del contribuyente” (conf. Catalina García Vizcaíno, Derecho Tributario, de. Abeledo Perrot, pág. 517) . En el caso de un aco- gimiento a moratoria u otros planes de pago

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o responsables mediante la inclusión de parte del ajuste en un régimen de regularización de deudas, plan de facilidades de pago o moratoria, esto es, si corresponde tener por reconocida la totalidad de la deuda o sola- mente la allí incluida, a los efectos de analizar la aplicación del artículo 160 del Código Fiscal T.O. 2011. Que una vez dilucidado el tema sujeto a Acuerdo Plenario, corresponde

fecha de publicación: 11/09/2012

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de la siguiente forma: a) por cada solicitud de plan de pagos, saldos a favor, convenio de pagos, de regu- larización o de moratoria: pesos trescientos ($300,00). b) por cada solicitud de libre deuda, estados de situación o pedido de informes: pesos ciento cincuenta ($150,00). ARTÍCULO 4º: Sustituir los plazos de vencimientos generales del artículo 1º de la Resolución HD Nº 8/01, quedando establecidos

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fin. Reprogramación obligatoria A fin de poder ajustar el plan ante cambios significativos en el devengado mensual que provoquen una variación considerable en los montos de las cuotas a pagar por la moratoria, se seguirá el siguiente criterio, que será aplicado a partir de la cuota nº 13 del plan, si la variación se hubiera producido en alguna de las 12 primeras cuotas. Si por alguna razón