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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 26/02/2021

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. Al colocarse, acomodarse o retirarse el barbijo/tapabocas, se debe lavar previamente las manos con agua y jabón, o bien desinfectarse con alcohol en gel. b. El personal deberá higienizarse las manos con agua y jabón líquido al ingreso del establecimiento y durante la prestación laboral, de manera frecuente y durante al menos 40 segundos. Si el agua corriente y jabón no se encuentran accesibles

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VII. El personal de entrega y recepción de mercaderías deberá utilizar los Elementos de protección personal (EPP) correspondientes, alcohol en gel (o realizar la limpieza de manos con agua y jabón) y barbijo o tapaboca, según corresponda. VIII. En aquellas jurisdicciones donde las autoridades así lo determinen, se deberá solicitar DDJJ (declaración jurada) a los eventuales proveedores, donde

fecha de publicación: 25/11/2020

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Ante una persona que desarrolle síntomas compatibles con COVID-19 ya sea en viaje en un transporte interurbano o en su lugar de alojamiento, se deberán adoptar las siguientes medidas de prevención: Aislamiento preventivo de personas sintomáticas hasta su atención u orientación por personal de salud: - Proveer a la persona sintomática un barbijo quirúrgico y elementos para la higiene respiratoria

fecha de publicación: 21/08/2020

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para neutralizar la propagación de la enfermedad. Que el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, mediante Resolución N° 394/2020, recomienda la adopción de medidas preventivas a los efectos de la propagación del virus que causa el COVID-19, entre las cuales se dispuso el uso de barbijos y distintas medidas de higiene personal y edilicia. Que el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros

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de la propagación del virus que causa el COVID-19, entre las cuales se dispuso el uso de barbijos y distintas medidas de higiene personal y edilicia. Que el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros tiene, entre sus competencias primarias, la coordinación estratégica de planes operativos, como así también la coordinación y gestión de los bienes del Estado provincial y la de ocuparse de manera directa

fecha de publicación: 11/08/2020

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de Salud de la Provincia de Buenos Aires, mediante Resolución N° 394/2020, recomienda la adopción de medidas preventivas a los efectos de la propagación del virus que causa el COVID-19, entre las cuales se dispuso el uso de barbijos y distintas medidas de higiene personal y edilicia. Que el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros tiene, entre sus competencias primarias, la coordinación

fecha de publicación: 18/06/2018

Página 56

90 COLCHAS para cuna pediátrico 2 SALEAS de tela 185 TOALLAS de mano 50 TOALLAS de baño 31 CUBRECAMILLAS 120 FUNDA mesa de cirugía 20 CUBRE funda mesa de cirugía 20 CAMPOS chicos 50 CAMPOS grandes 30 COMPRESAS 35 AMBOS para cirugía 50 BARBIJOS 50 CAMISOLINES 55 FRAZADAS 1 PLAZA 9 FRAZADAS PARA CUNA 2 BOTAS PARA CIRUGÍA 100 IMPORTANTE: Se deberán tener en cuenta

Página 96

6 FUNDAS para cuna 12 SALEAS de goma 68 SALEAS de tela 136 FUNDAS de colchón 20 TOALLAS de mano 136 TOALLAS de consultorio 20 TOALLAS de baño 136 CUBRECAMILLAS 37 FUNDA mesa de cirugía 9 CUBRE funda mesa de cirugía 9 CAMPOS grandes 41 CAMPOS chicos 30 COMPRESAS 30 AMBOS para cirugía 12 AMBOS blancos 40 BOTAS de cirugía 32 BARBIJOS 12 CAMISOLINES 12 PIERNERAS 10 INCUBADORAS