BIENVENIDOS AL

image/svg+xml

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Descarga los ejemplares.

Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 15/09/2022

Página 20

de la S.C.J.B.A. mencionada en la sentencia. III) Condenar a la demandada al pago de intereses moratorios sobre el capital nominal de condena, desde que cada crédito fue debido hasta su efectivo pago, a la BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES La Plata > jueves 15 de septiembre de 2022 SECCIÓN JUDICIAL > página 20

fecha de publicación: 27/03/2024

Página 31

con 66/100 ($3.038.978,66), por concepto de los rubros reseñados en la cuestión primera de la presente sentencia; con más los intereses moratorios cuya liquidación se practicara en base a la Tasa Pasiva BIP -Tasa Digital opción plazo fijo tradicional- desde que cada suma resultó devengada (arts. 622 Código Civil - Ley 340-, 7 y 768 del Código Civil y Comercial de la Nación; SCBA L118.615, “Zócaro

fecha de publicación: 28/09/2012

Página 22

. ARTÍCULO 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. ARTÍCULO 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribu- ción de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en tér- mino al vencimiento. ARTÍCULO 6

fecha de publicación: 29/07/2011

Página 29

de canales secundarios y terciarios que los respectivos consorcios y/o condóminos fijen en su caso (art. 113 inc. b) de la Ley 12.257). ARTÍCULO 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo con un interés moratorio del 2 % (dos por ciento) mensual. ARTÍCULO 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribu- ción por administración principal (art

fecha de publicación: 10/02/2012

Página 19

de la retribución pactada y pago con la intervención de las oficinas técnicas comunales. En los casos de establecerse moratorias, planes de facilidades de pago, reducciones de intereses, u otros actos derivados del establecimiento de políticas públicas tributarias PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETÍN OFICIAL